El artículo 35 de la Ley de Defensa del Consumidor (N° 24.240) dice textual: “Queda prohibida la realización de propuesta al consumidor, por cualquier tipo de medio, sobre una cosa o servicio que no haya sido requerido previamente y que genere un cargo automático en cualquier sistema de débito, que obligue al consumidor a manifestarse por la negativa para que dicho cargo no se efectivice. Si con la oferta se envió una cosa, el receptor no está obligado a conservarla ni a restituirla al remitente, aunque la restitución pueda ser realizada libre de gastos”.
La práctica de ofrecer un servicio financiero o crediticio, una tarjeta de crédito o la apertura de una cuenta corriente o seguros de salud dejó de ser una información física que despierte interés. Ahora es telefónica o digital, o inclusive ninguna de ellas.
Este último caso es la práctica más común utilizada por los bancos y financieras bajo su órbita. Las diversas modificaciones por DNU que viene sufriendo la ley de defensa del consumidor dan vía libre a que estas prácticas se lleven adelante de forma compulsiva e impliquen una abierta estafa a jubilados y pensionados. Es compulsivo el envió de tarjetas de crédito, es compulsiva la apertura de cuentas corrientes y seguros de vida, es compulsivo el hecho de no informar al jubilado o pensionado de ello y peor aún es compulsivo, defraudador y mafioso cobrar descuentos por esos servicios no solicitados.
Cobros que son en muchos casos superiores al monto de la jubilación o la pensión misma que se percibe o como en otras situaciones, representan descuentos que mes a mes van socavando una parte de la jubilación o pensión y que no tienen explicación. Como si esto fuera poco dicho cobros por servicios invisibles están atados a intereses agregados y porcentajes que disponen los bancos a su antojo.
Las modificaciones a las leyes de defensa del consumidor que mes a mes van borrando su razón de ser como herramienta de derechos sufre cambios que se chocan abiertamente contra la Constitución Nacional. Porque se amparan en el derecho político y económico del capital monopolista en plena crisis y anarquía financiera.
El derecho a no informar físicamente implica delinear normativas que favorecen que empresas de servicios públicos establezcan cambios de montos y aumentos según registros a los que no pueden accederse y otras tantas más. Estas modificaciones no solo se refieren a situaciones como las descriptas frente a jubilados y pensionados. Atañen incluso a la producción y a la distribución y áreas de comercialización, y están a en total correspondencia con los intereses monopolistas. O mejor dicho con las diversas expresiones y los intereses monopolistas que se ventilan en su lucha por la apropiación de ganancias. Y ese juego se da tal como ocurre con la Constitución por la violación de los derechos del consumidor que ellos mismos han puesto como un emblema de los derechos y libertades de la democracia burguesa.
Lavar las culpas anunciado por los medios que hay entidades que vía telefónica estafan a los jubilados y pensionados no disimula el hecho que estas modificaciones se realizan por obra y gracia de políticas de Estado en interés del capital financiero. Que además es solo una mínima parte de lo que ciertamente ocurre, es la parte formal, la parte que se puede decir para hacer autobombo político.
Por otro lado, ninguna multa, ninguna demanda que deambule por la burocracia del sistema judicial evitan lo que venimos describiendo. En plena cuarentena y dado que la atención en las entidades bancarias está muy limitada, este escenario de despojo ha crecido de forma escandalosa mostrando la total ruindad de un sistema putrefacto que hace leyes y normativas para viabilizar estafas a jubilados y pensionados que apenas subsisten con jubilaciones aberrantes. Y que la propia calaña de gobernantes y funcionarios que decretan aumentos miserables y que con sus propios decretos amparan estas prácticas de los bancos que les permite acumular inmensas sumas de dineros a costa de las penurias de los propios viejos.
La subordinación del Estado al capital financiero es un hecho irreductible y ello implica también la íntima relación del ANSES y sus recursos con todo este mecanismo siniestro.
Este juego de amparo a los bancos tiene el mismo sentido que el rescate financiero a corporaciones como Vicentin. Ambos representan el despojo y la expropiación de los recursos de nuestro pueblo, todo en función de la sacrosanta propiedad privada del capital monopolista. Esta propiedad que somete y sumerge en el mayor de los desamparos a los ancianos y a todos los trabajadores es la que debemos expropiar por medio de una revolución proletaria.